Ofrecemos asesorías de extranjería y regularización en colaboración con el colectivo Tic Tac, que proporciona apoyo jurídico especializado a personas migrantes.
Las asesorías se realizan el último viernes de cada mes, donde podrás recibir orientación sobre documentación, permisos de residencia, arraigo, nacionalidad española y más.
Nuestro compromiso es que cada persona migrante conozca sus derechos y encuentre respuestas confiables sobre trámites de extranjería y regularización.
Si necesitas ayuda, escríbenos a través del formulario de la sección de contacto, o puedes contáctarnos a través de:
A continuación encontrarás respuestas a las preguntas más frecuentes sobre extranjería, regularización, permisos y trámites legales.
Sí, existe una vía transitoria válida por un tiempo limitado: quienes recibieron una denegación definitiva antes del 20 de mayo de 2025 pueden solicitar arraigo después de 6 meses en situación irregular, en lugar de los 2 años usuales.
Generalmente, se recomienda no salir del país sin consultar previamente, ya que podría afectar el proceso de solicitud.
Desde el 20 de mayo de 2025, se requiere un mínimo de 2 años de residencia continuada para poder solicitar modalidades como arraigo social, sociolaboral o socioformativo, frente a los 3 años anteriores.
Ahora se amplían los supuestos: hijos hasta 26 años, parejas de hecho, ascendientes sin límite de edad y cuidadores pueden reagruparse más fácilmente. La residencia inicial es por 5 años.
Dependiendo de la gravedad de la infracción, puede influir en el proceso de regularización. Es recomendable buscar asesoramiento legal en estos casos.
Sí. El arraigo socioformativo permite trabajar (30 h/semana o similar) mientras realizas estudios oficiales o formación profesional, siempre con al menos 2 años de residencia.
En 2025, los tipos de arraigo son el arraigo social, el arraigo sociolaboral, el arraigo socioformativo, el arraigo familiar y el arraigo de segunda oportunidad. Estos nuevos tipos de arraigo entraron en vigor el 20 de mayo de 2025 con el nuevo Reglamento de Extranjería.
Es una nueva vía que permite a personas que tenían permiso de residencia y lo perdieron recientemente —por causas ajenas a su voluntad— volver a solicitar la residencia. Se debe haber tenido permiso en los últimos 2 años y acreditar 2 años de estancia continuada.
Dependiendo de la comunidad autónoma y de la situación específica, algunas ayudas sociales pueden estar disponibles para personas en proceso de regularización.
Se sugieren:
Para información oficial sobre procesos de regularización en España, consulta el sitio web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y su Sede Electrónica (Mercurio). También puedes utilizar el teléfono 060 para información general de extranjería, llamar al 902 02 22 22 para consultar el estado de expedientes, o enviar un SMS al 638 444 386 con tu número de expediente para conocer el estado de tramitación.
Sí. El arraigo socioformativo permite trabajar (30 h/semana o similar) mientras realizas estudios oficiales o formación profesional, siempre con al menos 2 años de residencia.
Ahora se amplían los supuestos: hijos hasta 26 años, parejas de hecho, ascendientes sin límite de edad y cuidadores pueden reagruparse más fácilmente. La residencia inicial es por 5 años.
Sí. El arraigo social ya no exige contrato de trabajo, siempre y cuando acredites medios económicos suficientes o tengas vínculos familiares con residentes en España, o un informe de integración social.
El sindicato se reúne todos los miércoles: damos la bienvenida a nuevas compañeras a las 17:30 h y realizamos la asamblea a las 18h en el Casal Popular 3 Voltes Rebel (Passeig d’Urrutia, 125). En este espacio exponemos nuestra situación y, en conjunto, pensamos estrategias para resolverla. Además, dentro de la asamblea hay varias comisiones para profundizar en tareas necesarias para la organización.